lunes, 30 de agosto de 2010

EL CASO DE SAKINEH MOHAMMAD Y SU PECADO DE HABER COMETIDO ADULTERIO BAJO LA LEY DEL ISLAM.

* Por Frank Alfredo Acevedo Sánchez.

"Cuando fuere hallado un hombre acostado con una mujer que tenga marido, ambos morirán, el hombre que se acostó con la mujer y la mujer; así exterminarás el mal de en medio de Israel." (Deut. 22:22)

"Si un hombre aborreciere a la esposa que le ha sido dada diciendo que no llegó virgen y puede probarlo sacarán a la joven a la puerta de la casa de su padre y la apedrearán en presencia de la gente de su ciudad y morirá, porque cometió vileza en Israel fornicando cuando estaba en casa de su padre; así extirparás el mal de en medio de ti." (Deut. 13-21).

En Irán, Afganistán, Nigeria, Arabia Saudí y otros países del mismo corte radical, aplica la Ley de la Lapidación, en los demás emiratos de la zona, es jurídicamente admisible, aunque generalmente la condena consiste en 200 latigazos. En la ceremonia, entierran a la adúltera hasta el pecho y le lanzan piedras hasta convertirla en una masa sanguinolenta. En algunas ocasiones, se quema el cuerpo en la plaza pública tras la lapidación. En Turquía, aunque la ley despenalizó el adulterio en 1999, en las zonas rurales de predominio de musulmanes practicantes, las mujeres adulteras son arrojadas desde un puente. Los kurdos, por su parte, suelen cortar la nariz, lengua y labios de la adúltera.

Como decíamos, la lapidación es un medio de ejecución muy antiguo, consiste en que los asistentes lancen piedras contra el reo, hasta matarlo. Como una persona puede soportar golpes fuertes sin perder el conocimiento, la lapidación puede producir una muerte muy lenta. Esto provoca un mayor sufrimiento en el condenado, y por ese motivo es una forma de ejecución que se abandonó progresivamente a medida que se iban reconociendo los derechos humanos, junto con medidas como la tortura.

Actualmente, este  nefasto procedimiento castiga a las personas que mantienen relaciones sexuales ilegales. Está extendido especialmente en países musulmanes de corte social fanático-radical de aplicación de la sharia también denominado fundamentalismo islámico.

Esta es una realidad que definitivamente es rechazada mundialmente por los países que pregonan los Derecho Humanos y Amnistía internacional ha emprendido un esfuerzo por desterrar esta práctica brutal en contra de las mujeres que a decir verdad dicha pena capital son aplicadas a ellas.

Ahora bien, Sakineh Mohammadi Ashtiani, nacida en 1967 es un azerí iraní mujer que está condenada a muerte en Irán. Su caso controvertido es ahora ampliamente conocido después de los grupos de derechos humanos afirma que ésta fue condenada por el delito de adulterio y condenada a la ejecución por lapidación.

Fue juzgada primero el 15 de mayo de 2006, por un tribunal de Tabriz, y declarada culpable de un delito de "relación ilícita" con dos hombres, aunque el incidente se produjo después de la muerte de su marido. Fue condenada a azotes de 99 latigazos, que se llevó a cabo en presencia de su menor hijo.

En el juicio, dos de los cinco jueces del tribunal la declararon inocente, señalando que ya había sufrido una condena de flagelación y que no había pruebas suficientes de adulterio contra ella. Sin embargo, los otros tres, incluido el presidente del tribunal, la declararon culpable basándose en el “conocimiento del juez”, un principio de la legislación iraní que permite a los jueces adoptar una decisión en relación con la culpabilidad del acusado, aun en ausencia de pruebas claras o concluyentes.

El Tribunal Supremo confirmó la condena a muerte por adulterio el 27 de mayo de 2007. El pasado 4 de agosto, el Tribunal Supremo comenzó una nueva revisión de esta condena a muerte, aunque tal medida parece tener únicamente por objeto reducir la presión internacional sobre las autoridades. La condena de lapidación sigue en vigor, por lo que Sakineh Mohammadi sigue estando expuesta a ser lapidada en cualquier momento

Una campaña de sus dos hijos logró detener la ejecución inminente Mohammadi Ashtiani en julio de 2010, pero no darle un giro a su sentencia de muerte. Las protestas se produjeron en Londres y Washington, DC, entre otras ciudades. Las llamadas a detener su ejecución provino de los principales grupos de derechos humanos Avaaz, Amnistía Internacional y Human Rights Watch, así como de varias celebridades de alto perfil. Una petición fue creada en apoyo de su liberación, y ha sido firmado por varios destacados activistas adicionales.

Amnistía Internacional está realizando un enorme trabajo para conseguir acabar con esta foma cruel de ejecución. Así, en su página web podemos leer :

"Amnistía Internacional considera que la ejecución por lapidación agrava la brutalidad de la pena de muerte ya que es un método concebido específicamente para aumentar el sufrimiento de la víctima. El Código Penal iraní es muy específico con respecto al modo de llevar a cabo la ejecución y al tipo de piedras que deben utilizarse".

"El artículo 102 dispone que, para la lapidación, los hombres tienen que ser enterrados hasta la cintura, y las mujeres, hasta el pecho. El artículo 104 dispone, en relación con la pena por adulterio, que deben utilizarse piedras "no tan grandes como para matar a la persona de uno o dos golpes ni tan pequeñas como para no poder considerarlas piedras". La muerte por lapidación viola los artículos 6 (derecho a la vida) y 7 (prohibición de la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos".

Imaginemos por unos instantes, si este tipo de asesinatos fueran sentencias judiciales en nuestro país, la concepción de matrimonio sería distinta y por qué no decirlo, implicaría mayor seriedad y responsabilidad. Sin embargo, no apruebo, bajo ningún argumento y en ningún contexto, esta inhumana pena.

Aquí un extracto de una entrevista concedida por Sakineh al diario The Guardian.

Sobre su presunta participación en el asesinato de su marido.

“Es mentira. Fui encontrada culpable de adulterio, pero inocente por el cargo de asesinato. El hombre que realmente mato a mi esposo. Fue identificado y arrestado, pero no ha sido sentenciado a muerte.

Sobre la razón de esta condena pese a ya haber sido castigada por el delito de adulterio.

“Para ellos (las autoridades), el adulterio es peor que un asesinato, pero no todos los tipos de adulterio; un hombre adultero a veces ni siquiera va a la cárcel, pero si se trata de una adúltera es como si fuera el fin del mundo.

Sobre su proceso
“Cuando el Juez leyó mi sentencia, yo ni siquiera me di cuenta de que había sido condenada a morir lapidada, porque no sabía lo que significaba la palabra “rajam” (termino legal en árabe para la lapidación). Firme la sentencia pero cuando volví a mi celda y mis compañeras me dijeron lo que me esperaba, me desmaye”

Una súplica

“No dejen que me lapiden delante de mis hijos”.

* Abogado, Docente de Derecho Procesal Civil de la Facultad de Derecho de la Universidad Privada del Norte, Universidad Privada Cesar Vallejo.

lunes, 23 de agosto de 2010

DE CÓMO LA MEDIOCRIDAD E IRRESPONSABILIDAD (casi) MANDAN INOCENTES A PRISIÓN

Por: Marlene Román*

Una mezcla de satisfacción y desazón me genera la necesidad de poner en limpio algunas reflexiones sobre mis primeras andadas como defensora de derechos humanos y abogada litigante a la vez.

No es mi intención hacer un auto halago de mi labor; en su lugar, busco compartir y denunciar las injusticias que a diario se pueden cometer, no solo por la corrupción enquistada en los distintos órganos encargados de velar por el cumplimiento de las leyes, sino también a la mediocridad, la falta de responsabilidad, la desidia y la insensibilidad de los funcionarios que tienen sobre sus hombros la delicada tarea de hacer justicia.

Asumí el reto de defender a los dirigentes sindicales y trabajadores sindicalizados de la minera Casapalca prácticamente forzada por colegas que veían en mí solidez profesional, pero sobre todo capacidad para la pelea cuando de buscar justicia se trata. Nunca antes había litigado, ni siquiera practicado; y, ciertamente, no es lo mismo “litigar” casos hipotéticos y ante “tribunales internacionales” en competencias estudiantiles, que enfrentarte al Poder Judicial peruano y a todo lo que ello implica. Pero tuve la suerte de cruzarme con quien hoy es mi gran amigo y maestro, quien me guió y enseñó lo necesario para enfrentarme a lo que se me venía por delante.

Hoy, después de varias idas y venidas, frustraciones, sentimientos de impotencia, de esperanza, de pequeñísimas batallas ganadas y perdidas, puedo decir que me siento contenta con el primer caso ganado; y mi alegría es fundamentalmente por aquellos siete mineros absueltos y su familias pobres, a quienes literalmente se salvó de una condena inminente, pese a la inexistencia de pruebas de su responsabilidad. Aunque, como decía al inicio, esta primera victoria palpable me genera más preocupaciones que satisfacciones pues he confirmado, en la cancha, que – además de la presión que ejerce el poder político y económico en algunos casos - en casos “comunes y corrientes” (aquí no se trataba del caso de dirigentes incómodos para una poderosa minera – como el de Pedro Condori, Secretario General del Sindicato de Casapalca, al cual también patrocinamos - sino de simples obreros, algunos incluso no sindicalizados)-, la mediocridad, la desidia, la falta de seriedad y de responsabilidad de los funcionarios encargados de hacer justicia, terminan mandado a la reja a un gran número de inocentes cuando éstos no tienen la suerte de poder acceder a una seria y responsable defensa.

Las personas procesadas tenían ya un pie en prisión, y no es retórica. Asumí el caso con notificación para lectura de sentencia en mano. El Fiscal había pedido entre 7 y 8 años, nada más y nada menos, por supuestamente haber éstos bloqueado “en forma violenta y tumultuaria con piedras, palos y otros objetos la Carretera Central y en circunstancias que los efectivos policiales a cargo de la USE-Chosica procedía a limpiar las carreteras, los imputados del Sindicato procedieron a arrojar piedras desde la altura de los cerros impactando una de ellos en el policía, Giuliano Villareal, cegándole la vida, motivo por el cual se intervino a los procesados, incautándoseles a los mismos en poder de piedras y algunas mascarillas”.

A poquísimos días de la lectura de sentencia, me apersoné al proceso y luego de una minuciosa revisión de los dos tomos del expediente llegué a la conclusión de que una condena era más que absurda; “el mundo patas arriba” ironicé frente al Secretario del 49 Juzgado Penal, luego de plantearle mis principales cuestionamientos tras terminar mi revisión, a lo cual asintió sin poder evitar mostrar un rostro avergonzado, y tratando de justificarse a sí mismo y a sus superiores con un “doctora, pero usted es la primera que viene a revisar el expediente”. O sea, “si el abogado no se mueve, no espere mucho de nosotros”, entendí.

Terminé de leer la acusación fiscal haciendo esfuerzos por entender cómo un profesional que tiene mucha más experiencia y conocimiento penal y procesal que yo había podido formular acusación sin existir ni una sola prueba sólida que determinara responsabilidad penal en alguno de los procesados; se supone que había revisado el mismo expediente que yo. Ese “profesional” se llama Edmundo Pedro Calderón Cruz, y es el Fiscal Titular de la 49 Fiscalía Penal de Turno. Salí del lugar indignada con medio mundo, con la jueza por no haber estudiado con seriedad el caso, con el asistente por tampoco haberlo hecho (en la práctica, son éstos quienes conocen más los expedientes), con el Fiscal quien no aplicó ni una pizca de rigor al momento de decidir si acusaba o no, con el Secretario quien por una mera formalidad de trámite por poco y no me permite acceder al expediente a tiempo, con el Juzgado y la Fiscalía de Matucana por su nula aplicación del Derecho cuando de los mineros y dirigentes de Casapalca se trata (habrán sucumbido a la tentación del dinero de la Minera, me pregunto con harta, pero harta, ingenuidad), con la policía de Casapalca (idem), con los abogados anteriores a cargo del caso.

Pero bueno, había que transformar toda esa indignación en argumentos contundentes para tratar de convencer a la jueza – un día antes de la lectura de sentencia, por cierto – de la inocencia de estas personas.

En efecto, no existía ninguna prueba sólida contra los obreros mineros detenidos por la Policía de Casapalca, acusados de haber bloqueado la carretera y de haber causado la muerte del efectivo policial. El relato de los procesados era uniforme y coherente; algunos de ellos ni siquiera se enteraron en el momento de su (violenta) detención de los motivos de la misma, solo vieron aparecer de repente a la policía tirando bombas lacrimógenas y deteniendo a todos los que encontraba a su paso – una piedra acaba de matar a su colega, y era evidente que querían “encontrar” responsables a toda costa. Fueron 17 los detenidos, pero finalmente terminaron acusando solo a 7, pues el resto ni siquiera trabajaba para la minera Casapalca, eran simples pobladores que estuvieron en el lugar y momento equivocados. Los procesados narraron cómo fueron fuertemente golpeados, como les introdujeron piedras entre sus prendas y cómo les hicieron firmar papeles (las actas de registro personal) sin leer el contenido y sin presencia del Fiscal, mucho menos de abogados. En el expediente pude constatar con sorpresa que algunas actas habían incluso sido burdamente adulteradas, añadiendo con tinta distinta y sobre las líneas punteadas la existencia de piedras en bolsillos. No existía registro fotográfico, físico ni de ningún otro tipo de esas piedras (con las que supuestamente se llevó a cabo el bloqueo; sí, se bloquean carreteras con piedras que caben en bolsillos de pantalones y casacas, en opinión de estos entendidos en la materia). Los policías que llevaron a cabo las detenciones, pese a haber sido citados por la Jueza, nunca se presentaron a declarar. No había testigo alguno. El video cuya acta de visualización estaba en el expediente, solo registraba el momento de la detención de uno de los procesados cuando se encontraba sentado en la Plaza de Casapalca, y los golpes que la policía le propina al momento de intervenirlo. Uno de los procesados había señalado incluso que no era miembro del Sindicato y que no tenía motivos para participar de la protesta pues “ganaba bien”, y presentó como prueba su boleta por 1,600 soles (la gran mayoría gana en promedio de 400 a 600 soles). A este trabajador también le notificaron para la lectura de su sentencia; o sea, con boleta de pago y todo, iba a parar tras las rejas.

Pero el panorama no era nada sencillo. Cabía la posibilidad de que la Jueza (a todo esto, se llama Tania Parra Benavides) no aceptara nuestro escrito arguyendo que ya había precluido la etapa de alegatos finales, y que en todo caso planteemos nuestros argumentos en vía de apelación. Nos ubicamos entonces en ese hipotético escenario; de ser así, tendríamos que “sacrificar” a uno de los procesados para que recibiera su condena y permaneciera privado de su libertad mientras nos “tumbábamos” el proceso en segunda instancia. Sin duda era duro, pero teníamos que sondear todas las posibilidades; así que comenzamos con la más cercana: presentar nuestros argumentos al juzgado e intentar hablar con la jueza, así fuera a 24 horas de la lectura de sentencia.

Al comienzo la jueza no quiso recibirme; me mandó decir con su asistente que regresara al día siguiente, que entonces se me notificaría la sentencia, que ella no adelantaba opinión. Luego de insistir directamente con la magistrada y de dejarle en claro que no quería conocer de antemano el contenido de su resolución sino que me acaba de apersonar al proceso, me dejó entrar, pero era tan poca su receptividad que consideré prudente limitarme a invocarle que leyera el escrito presentado en mesa de partes, que quizá estaba por mandar a la cárcel a gente inocente y que estaba segura que no se había analizado el expediente con rigurosidad. De manera cortante, la jueza Parra me contestó que no me preocupara, que ella siempre solía leer “todo lo que se presentaba antes de emitir sentencia”.

Y parece que así lo hizo, recién; el día de la lectura de sentencia ninguno de mis patrocinados se presentó; por supuesto, tampoco yo. Al día siguiente, cuando fui a indagar qué había pasado, el Secretario me contó que la jueza había decidido cancelar la diligencia y que solo quedaba esperar a ver si volvía a citar o “quizá de frente nomás notifica la sentencia”. Salí contenta; sin duda era una buena señal, pero había que ser pacientes y esperar.

La siguiente noticia que tuvimos del proceso fue que – a raíz, al parecer, de que esta vez sí se pusieron a revisar el expediente con la responsabilidad requerida – se percataron que la parte civil nunca fue notificada para la presentación de sus alegatos finales. Así que para subsanar ese (grave) error, emitieron una resolución en donde llamaban la atención “al cursor para que ponga mayor cuidado en sus funciones”, se notificaba al procurador público del Ministerio del Interior a presentar sus alegatos, y se dejaba sin efecto la resolución por la cual se había citado a la diligencia de lectura de sentencia.

Un mes después, el Secretario celebra conmigo que hayan absuelto a todos los encausados. Yo, con la mezcla de sentimientos ya descrita, solo atino a decirle que ojalá y tengan más cuidado con los casos en adelante, que detrás de los expedientes hay personas, hay familias, hay dramas, y que un poco más de seriedad y responsabilidad en su trabajo puede hasta salvar vidas.

En términos personales, he descubierto que esto del litigio es, para mí, ya una obligación moral. La administración de justicia está mayormente en manos de corruptos, mediocres e insensibles; no podemos dejarlos solos. Hay que entrarle a ese charco y hacer hasta lo imposible por limpiarlo; vale la pena.

* Periodista y abogada con tesis suma cum laude por la USMP. Investigadora de la Facultad de Derecho de la USMP, y consultora de organizaciones no gubernamentales de derechos humanos. Ex visitante profesional de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.







domingo, 22 de agosto de 2010

Sociedad Peruana de Derecho (click en la imagen)

jueves, 19 de agosto de 2010

Concurso Nacional Cuento Jurídico 2010 'FABELLAE IVRIS'

INICIAN LUCHA CONTRA JUECES CORRUPTOS

Ofensiva contra prevaricadores. De forma conjunta, el Ministerio de Justicia y la Fiscalía denuncian a jueces de casos Sánchez Paredes y Luis Valdez.
De nada sirvieron las múltiples comisiones de reforma del Poder Judicial instaladas en los últimos años, pues los niveles de corrupción en ese poder del Estado –materializados a través de cuestionadas resoluciones– continúan escandalizando a la sociedad en su conjunto.
Ante el silencio –casi cómplice– de las altas esferas de la judicatura, el Ministerio de Justicia decidió informar sobre la ofensiva legal que ha desplegado para contrarrestar –o intentar, al menos– los fallos que han abierto las rejas a presuntos narcotraficantes.
RECHAZO INTERINSTITUCIONAL. El ministro de Justicia, Víctor García Toma, calificó de “barbaridades jurídicas” los sustentos de la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel para darle luz verde al pedido de los integrantes del clan Sánchez Paredes para que sean excluidos del proceso penal, en el cual son investigados por el presunto delito de lavado de dinero proveniente del narcotráfico.
Por ello, los jueces Carlos Ventura, Emilio Vigo y Aurora Quintana Gurt Chamorro fueron denunciados ante la Fiscalía Suprema de Control Interno por los delitos de prevaricato, abuso de autoridad y abocamiento ilegal.
“En el Poder Judicial hay nichos de corrupción, al grado que parecen haber confundido a los Sánchez Paredes con la familia Ingalls porque estas resoluciones, en realidad, parecen de película”, dijo el titular de la cartera de Justicia en conferencia de prensa.
A su lado, el director Nacional de Justicia, Daniel Figallo, le tomó la posta para decir que estos fallos producían indignación. “El caso Sánchez Paredes provocó una investigación profunda que involucró a 230 personas, entre naturales y jurídicas, y ahora esta Sala se la pretende traer abajo”.
A esta denuncia se añade el seguimiento a la investigación iniciada por la OCMA a los vocales, y el recurso de agravio constitucional presentado por el procurador del Ministerio Público, Aurelio Bazán, para que el caso llegue hasta el Tribunal Constitucional, previendo desde ya que los reclamos no tendrán eco en el Poder Judicial.
Mientras tanto, el titular de esa instancia, Javier Villa Stein, se mantuvo al margen y se abstuvo de cuestionar –como lo hace con decisiones de otras instituciones– a sus colegas.
SUELTO EN PLAZA. A la par del caso Sánchez Paredes, está la decisión del juez Omar Pimentel Calle, quien excarceló al ex alcalde de Coronel Portillo Luis Valdez, por un supuesto mal estado de salud –sin considerar las acusaciones que penden sobre él–, a quien se le ha detectado un desbalance patrimonial de más de US$10 millones.
“Esto ha producido una indignación en la defensa del Estado. De forma inaudita, la resolución que permite la excarcelación de Valdez recién ha sido notificada el miércoles a la procuradora Sonia Medina, esto produce una fundamentada sospecha sobre la labor de ese juzgado”, argumentó Figallo.
En tanto, ya lejos de las rejas carcelarias, Valdez –cuyo delicado estado de salud hacía peligrar su vida, según el juez Pimentel– ha planteado una apelación al arresto domiciliario que debe cumplir, así como a las medidas de conducta que deberá seguir. La procuradora del caso, Sonia Medina, informó que ya ha planteado la apelación respectiva a la decisión del juez.



Fuente: Perú 21

sábado, 14 de agosto de 2010

CUANDO LA TEORIA SE COMBINA CON LA PRACTICA Y SE ENRIQUECE CON LA ETICA, ESTOS SON LOS RESULTADOS.

Es importante tener en cuenta que todo estudiante de Derecho construye sus conocimientos en la universidad en base a conocimientos teórico pero también prácticos. En el presente video, la realidad nos demuestra que es de suma importante combinar los roles teoríco - práctico, pero también enriquezidos con una base ética. Abogados al banquillo en mi opinión enriquese a los jovenes estudiantes, motivádolos a ejercer la Abogacia desde las aulas universitarias.